I. Las transacciones («settlements») como instrumento para una tramitación más ágil de los expedientes de competencia: conceptualización y caracteres
I. Introducción: el empleo de transacciones para una aplicación pública más eficiente del Derecho de la competencia
II. Noción
III. Origen y expansión
IV. Naturaleza jurídica y finalidades perseguidas por la transacción
V. Base económica: fundamentación de la transacción en la teoría de juegos
VI. Características generales
VII. Diferencias con la terminación convencional o por compromisos
VIII. Transacciones informales o acuerdos de resolución temprana
IX. Relación con los programas de clemencia
X. Ventajas del uso de la transacción
XI. Inconvenientes del uso de la transacción
II. Modelos regulatorios de transacción
I. Según el modelo de aplicación del Derecho de la competencia: sistemas administrativos, penales, civiles o mixtos
II. Por su ámbito objetivo: transacciones sólo en casos de cártel / transacciones ante otras infracciones del Derecho de la competencia
III. Relación con el programa de clemencia: sistemas integrados / sistemas duales
IV. Uniformidad de la transacción: sistemas uniformes / sistemas asimétricos. Admisibilidad de los casos híbridos
V. Incorporación de otros posibles contenidos en la terminación transada
VI. Por los beneficios concedidos: porcentaje de reducción, consecuencias frente a las acciones privadas, acumulación con los beneficios de la clemencia
VII. Por el órgano que tramita la negociación y decide sobre el fondo
III. La regulación de los procedimientos de transacción en caso de cártel en la unión europea
I. Implantación y primeros resultados
II. Principios característicos del modelo de la Comisión Europea
III. Diferencias con el sistema estadounidense de «plea bargaining»
IV. La transacción como un procedimiento simplificado y acelerado. Diferencias con el procedimiento ordinario
V. Relación entre la transacción y el programa de clemencia de la Comisión Europea: establecimiento de un sistema dual
VI. Casos que pueden ser tramitados por la vía de la transacción
VII. Partes en la negociación
VIII. Momento de la negociación
IX. Tramitación
X. Fase de entrada en negociaciones. Toma de posiciones
XI. Fase de negociación
XII. Fase de resultados («tradeoffs»)
XIII. Aceptación de los casos híbridos. Problemática
XIV. Publicidad
XV. Reconducción del expediente a la vía ordinaria en caso de frustración de la transacción
XVI. Importe de la reducción de multa
XVII. Revisión jurisdiccional de la decisión de transacción
XVIII. Tratamiento de la confidencialidad de los documentos e información durante la transacción
XIX. ANEXO: Expedientes de transacción tramitados por la Comisión Europea
IV. La regulación de las transacciones en España
I. Antecedentes
II. Base normativa actualmente existente en España
III. El borrador de anteproyecto de Ley de modificación de la Ley de Defensa de la Competencia para transponer la Directiva ECN+
IV. La transacción como procedimiento simplificado en casos de cártel
V. Ámbito objetivo: la transacción no sólo para los casos de cártel
VI. Tipo de transacción prevista
VII. Ámbito subjetivo: ¿quiénes pueden ofrecer una transacción?
VIII. Ámbito del reconocimiento de la infracción: reconocimiento de la infracción o no oposición a los cargos
IX. Ámbito temporal: ¿hasta qué momento pueden realizarse (y aceptarse) propuestas formales de transacción?
X. Tramitación: dualidad orgánica y admisión de los casos híbridos
XI. Beneficio: ¿en qué porcentaje ha de reducirse la multa?
XII. Relación con el programa de clemencia
XIII. Limitación de las impugnaciones judiciales
XIV. Reflexiones críticas ante la puesta en marcha de un procedimiento de transacción en España. Propuestas para una regulación más adecuada
Bibliografía
Jurisprudencia y doctrina administrativa
Normativa, guías y documentación oficial
Abreviaturas
La Comisión Europea introdujo en 2008 el procedimiento de transacción en casos de cártel (settlements) siguiendo la práctica estadounidense de los plea bargain y de otras autoridades de competencia que utilizaban también instrumentos negociados para la resolución de expedientes en materia antitrust. En esta obra se exploran los distintos modelos y opciones regulatorias existentes, considerándose que, en general, se trata de un instrumento que permite acelerar los expedientes por infracciones del Derecho de la competencia basándose en el reconocimiento de la conducta y de la responsabilidad en la misma por parte de las empresas infractoras. Ello permite a la autoridad de competencia reducir el tiempo y los recursos que ha de invertir en la tramitación del procedimiento, pudiendo resolver el asunto de forma más rápida. A cambio de su colaboración, se concede a los infractores que confiesan su responsabilidad en la infracción una reducción del importe de la sanción a la que se enfrentarían (un 10% para casos de cártel ante la Comisión Europea). En España, se plantea la introducción de la transacción en procedimientos de competencia a través del nuevo artículo 50.bis que prevé el Anteproyecto de Ley de Modificación de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia....