LA LEY EUROPEA DE LOS MERCADOS DE CRIPTOACTIVOS (MICA) Y LAS CRIPTOMONEDAS

LA LEY EUROPEA DE LOS MERCADOS DE CRIPTOACTIVOS (MICA) Y LAS CRIPTOMONEDAS

TAPIA HERMIDA, A.

25,00 €
IVA incluido
Disponible en 1 semana
Editorial:
REUS
Año de edición:
2025
Materia
Derecho mercantil
ISBN:
978-84-290-2962-8
Edición:
1
25,00 €
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PRESENTACIóN CAPíTULO 1. ASPECTOS GENERALES I. ANTECEDENTES A) La Resolución del Parlamento Europeo, de 26 de mayo de 2016, sobre monedas virtuales 1. La “prehistoria” del MiCA 2. Las nociones de Tecnología de Registros Distribuidos (TRD) y de monedas virtuales 3. La infraestructura tecnológica de las monedas virtuales: la tecnología de registros distribuidos (TRD) 4. Ventajas e inconvenientes de las monedas virtuales y de la tecnología de registros distribuidos (TRD) 5. Una regulación equilibrada de las monedas virtuales y de sus ofertas públicas (ICOs) B) La Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de octubre de 2020 sobre los riesgos emergentes en los criptoactivos 1. Características generales 2. Contexto de la Resolución del Parlamento Europeo: sus referencias a las finanzas digitales como marco general del desarrollo de los criptoactivos en general y las criptomonedas en particular 3. Contenido específico la Resolución del Parlamento Europeo: sus referencias a los criptoactivos en general y las criptomonedas en particular 4. Usos de los criptoactivos 5. Ventajas y oportunidades de los criptoactivos. En especial, su utilización para financiar a las PYMES y a las empresas empresas emergentes innovadoras 6. Riesgos de los criptoactivos. En especial, su utilización especulativa 7- Regulación de los criptoactivos 8. Supervisión de los criptoactivos C) Los Dictámenes de 2021 del Banco Central Europeo (BCE) y del Comité Económico y Social Europeo (CESE) sobre la Propuesta de Reglamento de la UE sobre los mercados de criptoactivos 1. El Dictamen del BCE de 19 de febrero de 2021 sobre la Propuesta de Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos 2. El Dictamen del CESE sobre la Propuesta de Reglamento relativo a los mercados de criptoactivos D) Un antecedente internacional interesante: la regulación del Bitcoin como moneda de curso legal en la República de El Salvador desde el día 7 de septiembre de 2021 1. El carácter pionero, a nivel mundial, del régimen salvadoreño 2. La cronología de la regulación salvadoreña 3. Características del Bitcoin como moneda de curso legal 4. Estructura de la regulación del Bitcon como moneda de curso legal 5. Funcionamiento de la regulación del Bitcoin como moneda de curso legal 6. Normas de conducta de los Proveedores de Servicios de Bitcoin 7. Contratación 8. Supervisión II. CARACTERíSTICAS FORMALES DEL MiCA A) Reglamento cuantitativamente voluminoso B) Reglamento cualitativamente complejo III. FINALIDAD DEL MiCA A) Finalidades funcionales B) Finalidades subjetivas IV. áMBITO DE APLICACIóN DEL MiCA A) Objetos 1. Incluidos 2. Excluidos 3. Referencia especial a las criptomonedas B) Sujetos 1. Incluidos 2. Excluidos V. VIGENCIA DEL MiCA A) Entrada en vigor y aplicación 1. La aplicación general desde el 30 de diciembre de 2024 2. El Comunicado de la CNMV a los inversores sobre la aplicación del Reglamento MiCA B) Régimen transitorio 1. Medidas transitorias del MiCA 2. El Comunicado de la CNMV al sector sobre la aplicación del MiCA C) Informes sobre la aplicación del MiCA 1. Informes sobre la aplicación del MiCA previstos en su Título IX 2. Informe conjunto de la EBA y la AEVM sobre la “Evolución reciente de los criptoactivos” VI. DESARROLLO DEL MiCA A) Habilitación de la Comisión Europea B) El libro blanco de criptoactivos: el Reglamento Delegado (UE) 2025/296 C) Servicios de criptoactivos: el Reglamento Delegado (UE) 2025/299 D) Reclamaciones 1. El Reglamento Delegado (UE) 2025/294 2. El Reglamento Delegado (UE) 2025/293 E) Supervisión: los Reglamentos Delegados (UE) 2025/292, 2025/297 y 2025/298 1. El Reglamento Delegado (UE) 2025/292 2. El Reglamento Delegado (UE) 2025/297 3. El Reglamento Delegado (UE) 2025/298 VII. PROPOSICIóN NO DE LEY DE 4 DE JUNIO DE 2021 PARA EL IMPULSO DE UN GRUPO DE ESTUDIOS SOBRE LA IMPLANTACIóN DE UN EURO DIGITAL COMO MONEDA PúBLICA DIGITAL A) Texto de la Proposición no de ley B) Contexto: el debate internacional sobre la posible de creación de nuevas monedas digitales públicas C) Cinco motivos para crear una moneda pública digital 1. Aprovechar los avances en digitalización 2. Neutralizar los riesgos e inconvenientes de las criptodivisas 3. Ofrecer una alternativa pública frente a los sistemas de pago ajenos al sistema bancario 4. Favorecer la inclusión financiera de determinados colectivos sociales 5. Compensar el declive en el uso de efectivo D) Cinco ventajas derivadas de la creación de una moneda pública digital 1. La seguridad de contar con un dinero público digital 2. La viabilidad de que cada particular tenga una cuenta propia con su dinero digital 3. La posibilidad de un control directo de la cantidad de dinero circulante 4. La utilización de la moneda pública digital como instrumento de una expansión monetaria 5. La estabilidad y el control democrático del dinero digital E) Las opciones regulatorias mixtas para la creación de una moneda pública digital CAPíTULO 2. ESTRUCTURA I. SUJETOS A) Profesionales 1. Los prestadores de servicios de criptoactivos 2. Los emisores B) Particulares 1. Los titulares de criptoactivos 2. Los clientes C) Autoridades públicas II. OBJETOS A) El criptoactivo B)  Los elementos técnicos que integran el criptoactivo C) Otros objetos que integran la estructura objetiva del mercado de criptoactivos 1. Las fichas referenciadas a activos 2. Las fichas de dinero electrónico 3. Las fichas de consumo III. FUNCIONES: LOS SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS A) Enumeración B) Definición C) Desarrollo: El Reglamento Delegado (UE) 2025/299 CAPíTULO 3. FUNCIONAMIENTO I. EL MERCADO DE CRIPTOACTIVOS DISTINTOS DE FICHAS REFERENCIADAS A ACTIVOS A) Objeto B) Mercado primario C) Publicidad sobre criptoactivos presentados como objeto de inversión:  La Circular 1/2024 de la CNMV deroga su Circular 1/2022 D) Mercado secundario E) Transparencia 1. El libro blanco de criptoactivos 2.  Las comunicaciones publicitarias 3. Modificación del libro blanco de criptoactivos y de las comunicaciones publicitarias publicadas F) Obligaciones de los oferentes y las personas que soliciten la admisión a negociación de criptoactivos distintos de fichas referenciadas a activos o fichas de dinero electrónico II. EL MERCADO DE FICHAS REFERENCIADAS A ACTIVOS A) Objeto B)  Mercados primario y secundario C) Transparencia 1. El libro blanco de criptoactivos relativo a fichas referenciadas a activos 2. Las comunicaciones publicitarias D) Obligaciones de los emisores de fichas referenciadas a activos 1. Obligaciones generales 2. Obligaciones especiales en función del volumen de las fichas referenciadas a activos emitidas E) Adquisiciones de participaciones cualificadas en emisores de fichas referenciadas a activos F) Derecho de reembolso de los titulares de fichas referenciadas a activos G) Régimen especial de las fichas significativas referenciadas a activos III. EL MERCADO DE FICHAS DE DINERO ELECTRóNICO A) Objeto B) Mercados primario y secundario C) Transparencia 1. El libro blanco de criptoactivos relativo a fichas de dinero electrónico 2. Las comunicaciones publicitarias D) Régimen especial de las fichas significativas de dinero electrónico CAPíTULO 4. ESTATUTO DE LOS PROVEDORES DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS I. TIPOS DE PRESTADORES DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS A) Según su estatuto jurídico básico: intermediarios exclusivos y entidades financieras B) Según el volumen de su actividad: Proveedores de servicios de criptoactivos normales y significativos II. LAS CUATRO FASES TIPICAS DE EVOLUCIóN DEL ESTATUTO A) El paradigma de regulación del estatuto de los intermediarios en los mercados financieros B) La tipificación de la actividad de prestación profesional de servicios de criptoactivos C) La reserva de la actividad de prestación profesional de servicios de criptoactivos III. LAS CONDICIONES DE ACCESO A LA ACTIVIDAD DE PRESTACIóN PROFESIONAL DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS A) Proveedores de servicios de criptoactivos exclusivos B) Entidades financieras que prestan servicios de criptoactivos C) Manual de autorización y modelo de notificación de información de la CNMV9 D) La conveniencia de que proveedores de servicios de criptoactivos en general y de criptomonedas en particular suscriban un seguro obligatorio de responsabilidad civil profesional 1. La justificación en forma de silogismo 2. Los criptoactivos en general y las criptomonedas en particular asientan su operativa técnica en la TRD y en la IA 3. El consenso internacional sobre los riesgos de los criptoactivos 4. Conclusión: el seguro obligatorio de responsabilidad civil profesional de los proveedores de servicios de criptoactivos IV. LAS CONDICIONES DE EJERCICIO DE LA ACTIVIDAD DE PRESTACIóN PROFESIONAL DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS A) Obligaciones comunes a todos los proveedores de servicios de criptoactivos 1. ética profesional 2. Salvaguardias prudenciales 3. Sistema de gobernanza: Directrices europeas para evaluar la idoneidad de los miembros del órgano de dirección y de los accionistas de los proveedores de servicios de criptoactivos 4. Gestores: “Directrices conjuntas de la ABE y la AEVM sobre la evaluación de la idoneidad de los miembros del órgano de dirección de los emisores de fichas referenciadas a activos y de los proveedores de servicios de criptoactivos” 5. Accionistas: “Directrices conjuntas sobre la evaluación de la idoneidad de los accionistas o de los miembros, directos o indirectos, con participaciones cualificadas en emisores de ART o de PSC” 6. Guarda de los criptoactivos y fondos 7. Reclamaciones 8. Conflictos de intereses 9. Externalización 10. Liquidación ordenada B) Obligaciones especiales para la prestación de servicios específicos de criptoactivos C) Adquisición de participaciones cualificadas en proveedores de servicios de criptoactivos V. REPERCUSIONES FISCALES DE DETERMINADOS SERVICIOS SOBRE CRIPTOACTIVOS A) La tributación de las recompensas obtenidas en criptoactivos a través del «staking»: la Consulta Vinculante V1766-22, de 26 de julio de 2022 de la Subdirección General de Operaciones Financieras 1. La actividad de «staking» es el bloqueo de criptoactivos en un monedero electrónico durante un tiempo a través de un contrato inteligente B) La calificación fiscal de la actividad de «staking» CAPíTULO 5. NORMAS DE CONDUCTA Y PREVENCIóN DEL BLANQUEO DE CAPITALES I. LAS NORMAS DE CONDUCTA PARA PREVENIR LOS ABUSOS EN EL MERCADO DE CRIPTOACTIVOS: REGULACIóN Y áMBITO DE APLICACIóN II. ABUSOS INFORMATIVOS: PROHIBICIóN DE OPERACIONES CON INFORMACIóN PRIVILEGIADA A) Noción de información privilegiada 1. Las nociones general y especial 2. Los dos criterios calificadores 3. La desactivación de la información privilegiada mediante su difusión pública B) Prohibición de abusos de información privilegiada 1. Prohibición de operaciones con información privilegiada a) Noción de operaciones con información privilegiada b) Prohibición de operaciones con información privilegiada c) Personas afectadas por la prohibición de operaciones con información privilegiada d) Prohibición de comunicación ilícita de información privilegiada III. ABUSOS OPERATIVOS: PROHIBICIóN DE MANIPULACIóN DE MERCADO A) Actividades que se consideran manipulación de mercado B) Conductas que se consideran manipulación de mercado IV. PREVENCIóN Y DETECCIóN DEL ABUSO DE MERCADO V. PREVENCIóN DEL BLANQUEO DE CAPITALES A) La cara oculta de las criptomonedas: opacidad y anonimato vs. transparencia B) La prevención del uso de los criptoactivos y las criptomonedas para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo en el Derecho de la UE 1. La Resolución del Parlamento Europeo, de 8 de octubre de 2020 sobre los riesgos emergentes en los criptoactivos 2. La Directiva (UE) 2018/843 sobre la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y los criptoactivos y criptomonedas 3. El Reglamento (UE) 2024/1624 relativo a la prevención de la utilización del sistema financiero para el blanqueo de capitales o la financiación del terrorismo y los criptoactivos y criptomonedas CAPíTULO 6. CONTROL PúBLICO: SUPERVISIóN Y SANCIóN CIBERDELINCUENCIA CON CRIPTOACTIVOS I. SUPERVISIóN A) Las autoridades nacionales competentes 1. Estatuto en el MiCA 2. El Estudio de la CNMV de 2022 sobre las criptomonedas y la efectividad de las medidas impulsadas por la CNMV B) La AEVM C) La ABE D) Intervención II. SANCIóN A) Infracciones 1. Los prestadores de servicios de criptoactivos 2. Los emisores de fichas referenciadas a activos y de fichas de dinero electrónico B) Sanciones 1. Las autoridades nacionales competentes 2. La ABE III. CIBERDELINCUENCIA CON CRIPTOACTIVOS A) Introducción: riesgos sistémicos de los criptoactivos y, en particular, de las criptomonedas 1. Riesgos sistémicos de los criptoactivos en general y de las criptomonedas, en particular 2. Riesgos detectados antes de la crisis económica derivada de la pandemia del COVID 19 3. Riesgos derivados de la crisis económica derivada de la pandemia del COVID 19 B) La Sentencia núm.369/2019 de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo de 20 de junio de 2019 1. Identificación 2. Supuesto de hecho 3. Conflicto jurídico 4. Doctrina jurisprudencial C) El caso Algorithms Group 1.  La identificación de la querella 2. La operativa piramidal de la presunta estafa 3. La magnitud potencial de la presunta estafa D) El caso Arbistar 1. El Auto del Juzgado Central de Instrucción nº.4 de la Audiencia Nacional 2. La operativa piramidal 3. Las dimensiones de la presunta estafa 4. Su calificación delictiva E) Advertencia de las Autoridades Europeas de Supervisión a los consumidores financieros en febrero de 2018 sobre los riesgos de las monedas virtuales F) Advertencias y consideraciones del Banco de España y de la CNMV, de febrero de 2018, sobre las criptomonedas y sus ofertas iniciales 1. El Comunicado conjunto de 8 de febrero de 2018 de la CNMV y del Banco de España sobre “criptomonedas” y “ofertas iniciales de criptomonedas” (ICOs)” 2. Las Consideraciones de la CNMV de 8 de febrero de 2018 sobre “criptomonedas” e “ICOs” dirigidas a los profesionales del sector financiero G) Alerta de la CNMV de febrero de 2022 sobre suplantación de la CNMV en llamadas telefónicas con intento de fraude a inversores H) Alertas de marzo de 2022 de las Autoridades Europeas y Españolas de Supervisión de los mercados financieros sobre los riesgos que implican los criptoactivos para los inversores 1. Alerta de marzo de 2022 de las tres Autoridades Europeas de Supervisión de los mercados financieros 2. Alerta de marzo de 2022 de las tres autoridades españolas de supervisión de los mercados financieros I) La volatilidad “rampante” del bitcoin y sus consecuencias J) El escándalo en la Argentina con la criptomoneda $Libra CAPíTULO 7. LA LEY EUROPEA DE LOS MERCADOS DE CRIPTOACTIVOS (MiCA) Y LA LEY DE LOS MERCADOS DE VALORES Y DE LOS SERVICIOS DE INVERSIóN I. EL EFECTO REGULADOR MATERIAL SOBRE LA DISTINCIóN ENTRE LOS CRIPTOACTIVOS QUE SE CONSIDEREN INSTRUMENTOS FINANCIEROS Y LOS QUE NO SE CONSIDEREN INSTRUMENTOS FINANCIEROS II. EL EFECTO SANCIONADOR DE ENCAJE DE LA APLICACIóN EN ESPAñA DEL REGLAMENTO EUROPEO SOBRE MERCADOS DE CRIPTOACTIVOS A) La tipificación de los incumplimientos del MiCA como infracciones muy graves o graves B) El régimen de las sanciones imponibles de los incumplimientos del Reglamento MiCA III. EL DESARROLLO REGLAMENTARIO DE LA SUPERVISIóN POR LA CNMV DE LOS PROVEEDORES DE SERVICIOS DE CRIPTOACTIVOS: LA CIRCULAR 2/2025 A) Impacto normativo de la Circular 2/2025 B) ámbito de aplicación 1. Los proveedores de servicios de criptoactivos (PSC) 2. Las empresas de asesoramiento financiero nacionales (EAFN) C) Supervisión por la CNMV D) Obligaciones de información de los intermediarios 1. Cuentas anuales auditadas 2. Estados reservados 3. Informe Anual sobre Protección de Activos de Clientes 4. Advertencias a los inversores E) Vigencia CAPíTULO 8. CONCLUSIONES BIBLIOGRAFíA

Esta monografía sigue la serie de las monografías sobre la Digitalización Mercantil Europea (DME) inscritas en la Colección de Derecho Mercantil de la Editorial Reus, centrando su atención en el mercado de los criptoactivos y, en especial, de las criptomonedas comentando el Reglamento (UE) 2023/1114, denominado MiCA. . Esta obra pretende servir de guía básica que ayude a los estudiantes y profesionales para no perderse en la jungla de conceptos y normas que pueblan el ecosistema digital de los mercados de los criptoactivos. Para lograr este objetivo, distribuye su contenido en ocho capítulos que tratan de los aspectos generales de MiCA (capítulo 1); de su estructura (capítulo 2); de su funcionamiento exponiendo los tres segmentos del mercado de criptoactivos que regula MiCA, a saber: el mercado de criptoactivos distintos de fichas referenciadas a activos, el mercado de fichas referenciadas a activos y el mercado de fichas de dinero electrónico (capítulo 3). Sigue la obra exponiendo el estatuto de los proveedores de servicios de criptoactivos (capítulo 4); las normas de conducta exigibles a los que intervienen en el mercado de criptoactivos y la prevención del blanqueo de capitales mediante criptoactivos (capítulo 5); y el control público del mercado de criptoactivos y la ciberdelincuencia con criptoactivos (capítulo 6). A continuación, la obra analiza el impacto de MiCA sobre la Ley española de los mercados de valores y de los servicios de inversión (capítulo 7). Acaba la obra en su capítulo 8 ofreciendo al lector unas conclusiones que sintetizan en unas pocas páginas su contenido.

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