Tras la tarea legislativa iniciada con la transposición de las Directivas (UE) 2019/770 y 2019/771, de 20 de mayo, mediante Real Decreto-ley 7/2021 sobre compraventas de bienes y suministros de contenidos y servicios digitales, llevada a término en España bajo una decisión de política legislativa refundidora en torno al principio rector de la conformidad contractual digitalizada, ha llegado una etapa decisiva iniciada en el año 2024 con la aprobación definitiva de la Unión de una serie de reformas, larvadas desde el año 2015, y que ahora es preciso implementar en cada Estado miembro. La entrada en vigor el 1 de enero de 2022 de la última gran reforma de la normativa de contratos y garantías de consumo, que condiciona incuestionablemente lo que está por llegar, precisa completarse y mejorarse ahora con el trabajo de integración, adaptación e interpretación de toda la normativa de consumo aprobada en la Unión en 2024, y esto en torno a tres ejes principales y complementarios recogidos en las Directivas (UE) 2024/825, de 28 de febrero, 2024/1799, de 13 de junio, y en el Reglamento (UE) 2024/1781, de 13 de junio...