Analiza el problema del abuso de la temporalidad en el ámbito de la Administración, especialmente a partir del impacto que ha tenido la cláusula 5ª de la Directiva 1999/70/CE del Consejo, de 28 de junio de 1999, relativa al Acuerdo marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada. Se aborda cómo se ha transpuesto al ordenamiento español a través de la Ley 20/2021, de 28 de diciembre, de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público. Esta norma contiene importantes medidas para la prevención y sanción de los abusos en la temporalidad en el empleo, así como novedosos procesos de estabilización para intentar reconducirla a tasas no superiores al 8% de la plantilla.