El régimen de clases pasivas del estado, cuyos orígenes se remontan a los años veinte del pasado siglo, como sistema básico de pensiones, y desarrollado al margen de los seguros sociales, es de aplicación a todos los funcionarios civiles y militares, se rige por su normativa específica, el texto refundido de la Ley de clases pasivas del estado y se configura como el sistema de cobertura que tiene como objeto garantizar al personal funcionario la protección frente a los riesgos de vejez, incapacidad y muerte y superviviencia.