Las jurisdicciones ordinaria y constitucional deben alejarse de las luchas políticas y no exponerse a juicios de parcialidad y falta de integridad. Los mecanismos constitucionales y legales, en ambos casos, formulan las garantías apropiadas frente a injerencias de
otros poderes del Estado. Sin embargo, su aplicación o implementación podría reforzarse con la introducción de unos principios éticos que los jueces y magistrados asumieran voluntariamente como propios, proporcionando, así, a ambas jurisdicciones un fortalecimiento de su legitimidad y autoridad en aras del mantenimiento de un Estado de Derecho sin fisuras.
Poniendo el foco de atención en la Ética Judicial y, por ende, en la independencia e integridad de los jueces y magistrados, este estudio no sólo se refiere al Poder Judicial; también se ha considerado necesario extender la Ética Judicial a los Magistrados del Tribunal Constitucional. Así como la judicatura española cuenta ya desde 2016 con unos Principios de Ética judicial, nuestro órgano de garantías carece de un texto en el que se recojan los valores y reglas de conducta de sus Magistrados, algo que sí hallamos en otros órganos jurisdiccionales de igual o similar naturaleza.