La aprobación de la Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género (LOVG), marcó un antes y un después en el tratamiento jurídico y social de la violencia de género en España, al configurarla como una cuestión de Estado y abordarla de forma transversal. Uno de los aspectos más innovadores de esta norma fue la incorporación de medidas laborales específicas para proteger a las víctimas, superando así la tradicional neutralidad del Derecho del Trabajo en esta materia. A través del artículo 21 LOVG, instituciones clave como la jornada, la movilidad, la suspensión contractual o la extinción de la relación laboral empezaron a contemplar la realidad de las mujeres víctimas de violencia de género, integrando mecanismos de protección en el ámbito profesional.