La teoría jurídica del Estado había vuelto a ser, en cierto grado, una ciencia política. En principio y en términos generales, había surgido una teoría del Estado capaz de fundamentar una teoría jurídica del Estado. La escuela antipositivista, en algunos de sus representantes, no había podido escapar, con todo, al peligro de una riesgosa infravaloración del carácter normativo de la constitución estatal en aras del planteo sociológico o del cosmovidente. La dialéctica de poder y Derecho, rasgo básico de lo político, quedó diluida en algunos, en favor de la positividad sociológica del poder.