1. FACTOR TECNOLÓGICO Y DIGITALIZACIÓN EN EL ÁMBITO JURÍDICO-LABORAL
I. La importancia del factor tecnológico en la prestación de trabajo y la irrupción de nuevas tecnologías
II. Consideraciones de justicia social
2. EL IMPACTO DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN EN LA PERSONA DEL TRABAJADOR
I. Protección de la integridad personalm seguridad e higiene del trabajador en la relación laboral
II. La salud de los trabajadores y la influencia de las tecnologías de la información y de la comunicación en el trabajo
III. Posibles riesgos derivados de la incorporación de las tecnologías de la información y de la comunicación en el trabajo: especial referencia el tecnoestrés como riesgo psicosocial
IV. Posibles medidas preventivas ante la ausencia de regulación específica: especial referencia al derecho a desconectarse
3. EL CONTROL DE LA PRESTACIÓN PERSONAL ANTE LA INCORPORACIÓN DE LAS TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN Y DE LA COMUNICACIÓN EN EL TRABAJO
I. El carácter personal de la relación laboral y el reforzamiento del poder de vigilancia y control del empresario
II. Supuestos específicos de control y análisis jurisprudencial
4. LOS NUEVOS MODELOS DE TRABAJO Y SU INFLUENCIA EN LA RELACIÓN LABORAL
I. La incidencia de las tecnologías de la información y de la comunicación en los modelos de trabajo
II. El análisis de algunos modelos digitales en términos de justicia relacional
III. El supuesto carácter colaborativo de las nuevas formas de trabajo
Conclusiones y propuestas
Anexo I: Bibliografía
En esta obra se plantea continuamente la reflexión sobre la persona que trabaja en una relación laboral digitalizada. Por este motivo, el trabajo contrapone y relaciona la colaboración y el control, queriendo sugerir que éste es el verdadero desafío de análisis que los iuslaboralistas tienen en la actualidad ante sí. De esta manera, al aludir a las relaciones laborales digitalizadas, se pretende señalar un determinado aspecto en el hilo conductor de la obra: la consideración de las relaciones laborales humanizadas, es decir, la defensa del carácter humano y relacional del trabajo asalariado (al verse notablemente afectado por la incorporación del factor tecnológico en las relaciones laborales). A ello responde la estructura de la obra, en la que, tras un Capítulo Primero contextualizador, se ha querido incidir de una manera muy destacada, en los tres capítulos siguientes (y por este orden): en la persona del trabajador, susceptible de recibir el impacto y el efecto de las tecnologías; en el control empresarial -con auxilio tecnológico- de la prestación personal; y en el necesario carácter relacional -es decir, verdaderamente humano, personal y justo- del marco en el que se prestan los servicios laborales en los llamados modelos colaborativos.