La Ley 13/2009, de 3 de noviembre, de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva oficina judicial, llevó a cabo una transformación integral de los procesos de exacción de derechos económicos de procuradores y abogados, regulados en los artículos 34 y 35 de la LEC. Muchas de las funciones que hasta entonces se encomendaban a los jueces y magistrados pasaron a manos del letrado de la Administración de Justicia. Esta nueva configuración de los conocidos como procesos de "cuenta y minuta jurada" ha planteado serias dudas de compatibilidad con la Constitución Española. En este sentido, la STC 34/2019, de 14 de marzo, ha declarado la inconstitucionalidad de estas normas en lo que se refiere a la exclusión de recurso frente al decreto que resuelve sobre la oposición del deudor......