LA NULIDAD MATRIMONIAL CIVIL

LA NULIDAD MATRIMONIAL CIVIL

CARRIÓN VIDAL, MARÍA DE LA ALMUDENA

45,00 €
IVA incluido
Disponible en 1 semana
Editorial:
REUS
Año de edición:
2023
Materia
Derecho civil
ISBN:
978-84-290-2752-5
Edición:
1
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Prólogo Capítulo I. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y NULIDAD MATRIMONIAL: PRECISIONES INTRODUCTORIAS I. PRECISIONES INICIALES 1. Breve introducción 2. Orígenes del art. 10.1 CE 3. La nulidad matrimonial y su regulación normativa como núcleo del presente trabajo A) Introducción B) La nulidad matrimonial y su régimen como manifestación de la personalización del instituto matrimonial C) La simplificación de los esquemas matrimoniales anteriormente existentes. Hacia un matrimonio “de mínimos” D) El doble ángulo de la simplificación legislativa E) Las “adiciones” por voluntad del/os sujeto/s de la relación F) Necesidad de un análisis “de contraste”: nulidad matrimonial frente a disolución por divorcio y separación conyugal G) El denominador común de las tres figuras de la llamada “patología del matrimonio”: posibilitar el libre desarrollo de la personalidad de los sujetos de la relación matrimonial H) Libre desarrollo de la personalidad y fase constitutiva de la relación matrimonial I) “Desinstitucionalización” del matrimonio y “simplificación” de su esquema normativo, como categorías complementarias que se reclaman mutuamente J) Nulidad matrimonial canónica y libre desarrollo de la personalidad II. SIGNIFICACIÓN INSTITUCIONAL DEL PRINCIPIO DE LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD 1. Precisión inicial 2. Escasez en el tratamiento del libre desarrollo de la personalidad frente al de dignidad de la persona 3. La carencia de homogeneidad entre los enunciados del art. 10.1 CE 4. Hacia un intento de aproximación a la noción de libre desarrollo de la personalidad A) Naturaleza B) El libre desarrollo de la personalidad como principio constitucional C) Imposibilidad de su consideración como derecho fundamental D) Significación jurídica del principio. Doble plano en esa significación a) Significación general. Idea introductoria b) Concreción del principio de libertad. Hacia la construcción de un espacio en el que desarrollar la esencia de la voluntad. Precisiones c) La realización personal del individuo III. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y CAMBIOS SOCIALES 1. Libre desarrollo de la personalidad como cláusula de futuro 2. Libre desarrollo de la personalidad como fundamento de cambios sociales IV. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD COMO CONCEPTO JURÍDICO VÁLVULA O INDETERMINADO 1. Su aplicabilidad al libre desarrollo de la personalidad 2. Procedencia de la indeterminación 3. El designio del legislador constitucional 4. El libre desarrollo de la personalidad como soporte y encuadre constitucional de cambios sociales 5. El carácter totalmente evolutivo de la interpretación y alcance del libre desarrollo de la personalidad 6. Límites Capítulo II. CAPACIDAD, IMPEDIMENTOS MATRIMONIALES Y LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD I. CONSIDERACIÓN PRELIMINAR II. LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD Y CAPACIDAD MATRIMONIAL 1. Planteamiento general 2. Capacidad, consentimiento, forma de celebración: tres vertientes esenciales en el origen del matrimonio como negocio jurídico de Derecho de familia 3. Delimitación del marco objeto de estudio A) Reducción sensible de la importancia de los precedentes legislativos B) Necesidad de evitar, por su escasa importancia, la dualidad terminológica en materia de capacidad matrimonial (“requisitos de capacidad” versus “impedimentos”) C) Referencia al art. 32 CE D) Supresión de cuestiones en otro tiempo controvertidas E) Consideraciones terminológicas en torno al art. 32. 2 CE III. PROBLEMÁTICA GENERAL PARA UNA CONSIDERACIÓN DE LA EDAD MATRIMONIAL IV. EL ART 46.1 CC: ANTECEDENTES 1. ¿Inhabilidad – Prohibición? 2. Características funcionales de la vieja regulación del impedimento de edad en el CC 3. El carácter ineludible de la reforma por Ley 30/81, 7 julio 4. Lastres de aquella reforma 5. Referencia a la Disposición Final Primera de la Ley 15/2015, 2 de julio V. ANÁLISIS NORMATIVO 1. Precisiones 2. Mayoría de edad 3. Emancipación A) Emancipación y capacidad matrimonial B) ¿Realmente está presente la figura de la emancipación en la realidad social española? VI. OTRAS CONSIDERACIONES 1. Complejidad de factores que se entrecruzan 2. Incidencia de aquellos en la reforma de 1981 3. Precedentes 4. El art. 246 CC 5. A modo de conclusión VII. REFERENCIA AL ART 75 CC 1. Legitimación para el ejercicio de la acción 2. Convalidación VIII. ARTÍCULO 46.2 CC 1. Preliminar 2. Alcance 3. ¿Bilateralidad o unilateralidad de la prohibición? 4. Carácter no dispensable 5. Sistema matrimonial e impedimento de vínculo A) Disolución por inconsumación B) Matrimonio canónico celebrado por personas carentes de capacidad matrimonial civil C) Matrimonio civil contraído por personas sujetas a la forma canónica de celebración D) Matrimonio canónico contraído por personas que con posterioridad traten de celebrar matrimonio civil E) Matrimonio canónico disuelto por declaración de fallecimiento de uno de los cónyuges, posterior matrimonio canónico del sobreviviente, reaparición del declarado fallecido, y declaración de nulidad canónica del segundo matrimonio 6. Extinción IX. ART 47 CC: IMPEDIMENTOS MATRIMONIALES RELATIVOS 1. Preliminar 2. Análisis A) Parentesco en línea recta B) Parentesco en línea colateral por consanguinidad C) Parentesco en línea colateral por adopción D) Crimen X. LA LLAMADA “PERSONALIZACIÓN” DEL MATRIMONIO Y EL REGIMEN DE IMPEDIMENTOS 1. Precisiones introductorias 2. “Personalización” y consentimiento matrimonial 3. “Personalización” y formas de celebración 4. Hacia un matrimonio “de mínimos”: la simplificación del régimen de impedimentos A) Hacia una delimitación del “esquema básico” matrimonial B) Procreación y aptitud para el mantenimiento de relaciones sexuales C) Supresión de otros obstáculos Capítulo III. DISCAPACIDAD Y MATRIMONIO I. ESTADO DE LA CUESTIÓN. CONSIDERACIONES INTRODUCTORIAS 1. La necesidad de partir de presupuestos básicos 2. Importancia de la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad 3. El derecho al matrimonio: art. 23. 1, a) CDPD II. INCIDENCIA DIRECTA, Y ERRÓNEA, DEL TEXTO DE LA CONVENCIÓN EN LA REDACCIÓN DEL ART. 56. DEL CC POR LEY 15/2015 III. LA DOCTRINA DE LA RESOLUCIÓN – CIRCULAR 23 DICIEMBRE 2016 SOBRE LA INTERPRETACIÓN Y APLICACIÓN DEL ART. 56 CC RELATIVO A LA FORMA DE CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO IV. LA REDACCIÓN DEL PÁRRAFO SEGUNDO DEL ART. 56 CC POR LEY 4/2017 V. ANTECEDENTES: TRATAMIENTO DE LA CUESTIÓN EN LA REDACCIÓN ORIGINARIA DEL CC 1. Consideraciones preliminares 2. La Ley de Matrimonio civil de 1870 3. El CC. Redacción de 1889 4. A modo de conclusión VI. LA REFORMA DE LA LEGISLACIÓN MATRIMONIAL POR LEY 30/81. LA REDACCIÓN DEL ART. 56 CC 1. Consideraciones preliminares 2. Remisión a la tramitación registral 3. Conclusión VII. El ART. 56. 2 CC EN LA REDACCIÓN POR LEY 4/2017 1. Consideraciones preliminares 2. Funcionarios a quienes corresponda la tramitación del acta o expediente 3. Referencia a “las personas con discapacidad” del párrafo segundo art. 56 CC 4. Referencia a “Cuando sea necesario, podrá recabar de” 5. Los apoyos A) La provisión de apoyos B) La finalidad de los apoyos 6. Referencia a “Condición de salud” 7. Referencia a “De modo evidente, categórico y sustancial” VIII. EL DICTAMEN MÉDICO. LA DOCTRINA ACERCA DE LA VALIDEZ DEL MATRIMONIO CONTRAÍDO EN INTERVALO LÚCIDO 1. Oportunidad de una consideración separada IX. DISCAPACIDAD Y CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL 1. Consideraciones preliminares 2. Presupuestos del consentimiento matrimonial del art. 45.1 CC 3. ¿Idoneidad para el momento conclusivo del negocio o idoneidad, además, para el desenvolvimiento de la relación matrimonial? 4. La RDGRN (ahora DGSJFP) 15 de abril 2016 5. Consecuencias X. UNA VISIÓN DE CONJUNTO Capítulo IV. INEXISTENCIA DE CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL I. LA INEXISTENCIA DE CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL 1. Sobre la esencialidad del consentimiento en el negocio jurídico matrimonial. Preliminar 2. Carácter negocial del matrimonio e indisponibilidad de sus efectos 3. No es obstáculo a lo anterior, el régimen en materia de divorcio y separación conyugal contenido en el CC A) Necesidad de atender a la fase constitutiva de la relación matrimonial B) Referencia a la fase extintiva de la relación matrimonial 4. La desigual importancia de los elementos estructurales del matrimonio en el tratamiento de la nulidad. La relegación de la temática del consentimiento hasta tiempos recientes A) La dimensión formal del negocio matrimonial B) La desigual intensidad de “formalización” del matrimonio civil respecto del canónico C) Incidencia de la forma sobre la configuración del consentimiento. Existencia del consentimiento en función de la forma de celebración 5. Un giro copernicano en el tratamiento de las causas de nulidad. Prevalencia prácticamente absoluta de la problemática del consentimiento en el marco de la nulidad matrimonial A) El matrimonio, en alguna medida, se “desformaliza” B) Consecuencia ineludible de la conexión entre matrimonio y libre desarrollo de la personalidad: La fundamentación del matrimonio sobre el consentimiento real de los sujetos II. INEXISTENCIA DE CONSENTIMIENTO Y CONSENTIMIENTO NO ÍNTEGRO. CONSIDERACIÓN GENERAL III. SIMULACIÓN MATRIMONIAL 1. Preliminar 2. Imprecisiones A) “Causa” y “efectos” del negocio matrimonial B) Objeto del matrimonio y simulación C) A modo de conclusión D) Simulación matrimonial: inexistencia de consentimiento. Utilidad tan solo parcial de otras referencias 3. Acerca de la finalidad de los simuladores A) Precisión inicial B) Compatibilidad entre existencia de consentimiento matrimonial y propósito de obtener efectos extraños al matrimonio C) Acerca de lo que no quieren los simuladores 4. El acuerdo simulatorio A) Preliminar B) Naturaleza C) Propósito del acuerdo segundo D) El tema de la causa E) Inexistencia, o ilicitud, de la causa del negocio simulado F) Consecuencias G) Tiempo H) Forma 5. La acción de simulación. Legitimación A) Preliminar B) Naturaleza de la acción C) Legitimación activa. Cónyuges D) Legitimación activa: terceros con interés directo y legítimo E) Legitimación pasiva F) Legitimación del Ministerio Fiscal 6. Prueba de la simulación A) Preliminar B) Necesidad de contemplar la simulación matrimonial como fenómeno plural en atención a los propósitos perseguidos por los simuladores C) Insuficiencia probatoria de la mera confesión de los contrayentes D) Prueba directa de su existencia E) Orientaciones jurisprudenciales F) Clave de la cuestión G) Nulidad matrimonial y disolución por divorcio en la legislación española: ¿se desdibuja la que en otro tiempo fue una frontera clara entre ambas figuras? H) Convivencia “normal” y “duradera”; convivencia “transitoria” y “aparente”: su incidencia en la figura del llamado matrimonio “de conveniencia” 7. Referencia a la normativa comunitaria contra los llamados matrimonios “de conveniencia” A) Preliminar B) Diverso enfoque del problema por parte de la legislación comunitaria y española C) Identidad sustancial en cuanto al régimen de efectos D) En el ámbito del fraude de ley, ¿puede afirmarse que el tema del consentimiento matrimonial no asume un papel protagonista? E) El acortamiento de plazos para la disolución por divorcio: un incentivo claro a los matrimonios “de conveniencia” 8. La lucha contra los matrimonios “de conveniencia”: enfoque de la legislación española A) Preliminar B) Los dos ámbitos de la lucha contra el problema. C) La tramitación del expediente previo al matrimonio D) ¿Qué es lo relevante a efectos de considerar la existencia de consentimiento matrimonial? IV. RESERVA MENTAL 1. Preliminar 2. Encuadramiento sistemático de la reserva mental 3. Concepto 4. ¿Reserva mental y simulación unilateral? 5. Doble reserva mental desconocida recíprocamente 6. Conocimiento recíproco de la reserva mental del otro 7. Art. 45.1 y 1261. 1 CC. ¿Relevancia de la reserva mental en el primero e irrelevancia de aquella en el segundo? 8. La especificidad del negocio matrimonial como fundamento de la relevancia de la reserva. Crítica 9. Consecuencias A) De la relevancia de la reserva B) De la irrelevancia de la reserva Capítulo V. VICIOS DEL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL. LA ANULABILIDAD DEL NEGOCIO JURÍDICO MATRIMONIAL I. PRELIMINAR II. INVALIDEZ DEL MATRIMONIO EN LOS SUPUESTOS DE CONSENTIMIENTO NO ÍNTEGRO III. CARACTERÍSTICAS DE LA INVALIDEZ POR VICIOS DEL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL IV. ANTECEDENTES: LOS VICIOS DEL CONSENTIMIENTO EN LA REGULACIÓN DEL CC ANTERIOR A LA REFORMA DE 1981 1. Preliminar 2. Breve consideración del art. 101 CC (redacción originaria) V. LA REFORMA DEL CC POR LEY 30/81 EN MATERIA DE VICIOS DEL CONSENTIMIENTO MATRIMONIAL. PLANTEAMIENTO GENERAL VI. ERROR EN EL NEGOCIO JURÍDICO MATRIMONIAL Y LIBRE DESARROLLO DE LA PERSONALIDAD 1. Preliminar 2. La reducción del esquema matrimonial por la reforma de 1981 3. La posibilidad de complementar ese esquema “de mínimos” por voluntad de los sujetos 4. Conexión entre esquema matrimonial “de mínimos” con “adiciones” (en su caso) y principio del libre desarrollo de la personalidad 5. La respuesta del legislador de 1981: el art. 73. 4 CC A) La posibilidad de “complementar” el esquema matrimonial “básico” B) El encaje de esos otros elementos (“adiciones”) en el esquema matrimonial “básico” o “de mínimos” C) Sobre la naturaleza y alcance de esos elementos o circunstancias VII. REFERENCIA A LAS CATEGORÍAS TRADICIONALES EN MATERIA DE ERROR 1. Preliminar 2. Error facti y Error iuris VIII. EL ART. 73. 4º CC: DOS CAUSAS DE NULIDAD DISTINTAS EN CUANTO AL ERROR MATRIMONIAL 1. Preliminar 2. Ruptura con los precedentes en función del libre desarrollo de la personalidad en materia matrimonial 3. El art. 101.2º CC (redacción originaria) regulaba el error en la persona física del otro contrayente 4. El error en la identidad de la persona. Remisión IX. EL ERROR EN LA IDENTIDAD DE LA PERSONA 1. Preliminar 2. Planteamiento 3. Naturaleza del error recayente sobre la “identidad de la persona del otro contrayente” 4. Régimen jurídico, de un lado, y concepción estrecha de la figura, de otro, como obstáculos para una adecuada calificación del error recayente sobre la identidad 5. Hacia un posible criterio integrador X. EL ERROR RECAYENTE EN CUALIDADES PERSONALES DEL OTRO CONTRAYENTE 1. Preliminar 2. La gran novedad del apartado segundo del art. 73. 4º CC XI. REQUISITOS DE LA CAUSA DE NULIDAD PREVISTA EN EL NÚMERO 4º, APARTADO SEGUNDO DEL ART. 73 CC 1. Preliminar 2. El precepto no contiene una enumeración cerrada de cualidades personales 3. Significado de la expresión “cualidades personales” en el art. 73. 4º CC A) Concepto de “cualidad personal” B) Hacia un intento de enumeración C) “Entidad” de la cualidad D) Alcance del término “entidad” cuando de “cualidades personales” relevantes ex art. 73. 4º CC se trata E) Prevalencia del criterio “subjetivo” en cuanto a lo que haya de entenderse por “entidad” de la cualidad personal de que se trate F) El criterio “subjetivo”, “adecuadamente entendido”, no conduce a relativizar el negocio matrimonial G) La intensificación de la carga de la prueba H) La inclinación, en todo caso, hacía un criterio “subjetivo” XII. EL ENFOQUE JURISPRUDENCIAL 1. Preliminar XIII. LA COACCIÓN Y EL MIEDO GRAVE 1. Preliminar 2. Antecedentes 3. El art. 101. 2º CC en su redacción originaria 4. La Coacción A) Problemas de delimitación de la figura B) “Coacción o miedo grave, frente a “Coacción y miedo grave”: ¿una misma causa o dos causas de nulidad diferenciadas? C) La “fuerza irresistible” del art. 1267. 1 CC no encaja en el ámbito de la “coacción” del núm. 5º del art. 73 CC 5. El miedo grave A) Exteriorización de la amenaza B) Destinatarios de aquella C) Gravedad del miedo D) Miedo grave y maquinación dolosa E) Miedo injusto F) El denominado “miedo indirecto” Capítulo VI. RESPONSABILIDAD CIVIL Y NULIDAD MATRIMONIAL I. INTRODUCCIÓN II. DELIMITACIÓN 1. Promesa de matrimonio y nulidad matrimonial 2. Ni en la nulidad matrimonial, ni en la promesa de matrimonio, el vínculo familiar constituye fundamento de responsabilidad 3. El Derecho de daños como subsidiario de las normas especiales fijadas en cada rama del Derecho privado 4. Aplicabilidad de la premisa anterior por cuanto se refiere al Derecho de familia. Referencia a la promesa de matrimonio y a la nulidad matrimonial A) La promesa de matrimonio B) La nulidad matrimonial a) Preliminar b) Subsidiariedad del Derecho de daños c) Defecto de reglas específicas d) Inexistencia de contradicción con los principios del Derecho de familia, ni con los objetivos que éste persigue III. LA INSUFICIENCIA DEL ART. 98 CC 1. Breve consideración inicial 2. Arts. 98 y 73 CC: normas escasamente armónicas A) El art. 98 CC se redactó sin conexión con el art. 73 CC a) Remisión a la noción de buena fe b) Inexistencia de buena fe por culpa o negligencia del contrayente al que sea imputable el error B) La función del art. 98 CC a) Función resarcitoria de la indemnización b) El pretium doloris c) El daño moral del art. 98 CC no precisa prueba IV. CONSIDERACIONES ADICIONALES 1. El art. 98 CC como núcleo central por cuanto se refiere a la operatividad del Derecho de daños en materia de nulidad matrimonial 2. Precisión del alcance y contenido de la indemnización del art. 98 CC A) ¿“La indemnización no tiene en cuenta los daños, sino solo la buena fe”? B) El fundamento objetivo de la indemnización es la existencia de convivencia conyugal C) La remisión al art. 97 CC 3. Referencia al art. 95.2 CC A) Preliminar B) Ámbito de aplicación C) Práctica de la liquidación V. LA CAUSACIÓN DOLOSA O NEGLIGENTE DE LA NULIDAD MATRIMONIAL 1. Preliminar 2. Especificidad del art. 98 CC y déficit de protección 3. Las “rarezas” del art. 98 CC 4. ¿Qué es lo que cubre la indemnización? 5. Postura defendida en el presente capítulo A) La indemnización del art. 98 CC y aplicabilidad, en su caso, del art. 95. 2 CC B) Cobertura de otros daños morales C) Daño moral y personalización del negocio jurídico matrimonial D) La categoría de la nulidad matrimonial muestra una dimensión inexistente con anterioridad: la ampliación sustancial del ámbito de autonomía de la persona en materia matrimonial VI. RESERVA MENTAL Y ERROR EN CUALIDAD PERSONAL 1. Preliminar. La reserva mental 2. El error en cualidad personal BIBLIOGRAFÍA ÍNDICE CRONOLÓGICO DE JURISPRUDENCIA I. TRIBUNALES ESPAÑOLES Tribunal Constitucional Tribunal Supremo Audiencias Provinciales Audiencias Territoriale II. TRIBUNALES EXTRANJEROS III. RESOLUCIONES DE LA DGRN (ahora DJSJFP)

En el presente trabajo se aborda la figura de la nulidad matrimonial civil desde una perspectiva en buena medida novedosa. Se ha pretendido huir de los planteamientos tradicionales en la materia, encaminados la mayoría de las veces al simple encuadramiento de la nulidad del matrimonio en el marco de las llamadas patologías del matrimonio. Y es que tal ubicación sistemática resulta totalmente inexacta. La nulidad matrimonial presenta caracteres que la apartan sensiblemente de las figuras de la disolución por divorcio y de la separación conyugal. Calificar la nulidad matrimonial como un supuesto de patología o crisis del matrimonio es preterir por completo la circunstancia, básica y esencial, de que, presupuesta la nulidad, el vínculo matrimonial es inexistente. . Se ha pretendido por ello, en primer lugar, llevar a cabo un correcto anclaje de la figura de la nulidad matrimonial civil en el ámbito que verdaderamente le corresponde: el de la fase constitutiva de la relación, separándola así nítidamente de la fase extintiva de aquella. . Junto a lo anterior, se lleva a cabo un detenido análisis del régimen de la nulidad matrimonial en el Código civil (capacidad, consentimiento, forma de celebración), con especial atención a la dimensión consensual del negocio matrimonial. Desde esta perspectiva, la misma radicalidad del tenor literal del art. 45.1 CC (“No hay matrimonio sin consentimiento matrimonial”) pone de relieve la importancia del consentimiento en la figura de la nulidad. . Finalmente, la temática de la nulidad matrimonial se ha tratado de encuadrar en un marco delimitado por dos ideas fundamentales. De una parte, la concepción misma del matrimonio por el legislador español como cauce al libre desarrollo de la personalidad de quienes lo contraen y, de otra, la configuración de aquél como un negocio jurídico de Derecho de familia en el que el legislador se limita a señalar un contenido mínimo otorgando, en su caso, relevancia invalidante a la no concurrencia de circunstancias incorporadas a ese contenido por la voluntad de los contrayentes.

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