AA.VV
Índice
Nota de la editora 9
Presentación 37
I La sucesión y el impuesto de sucesiones 39
1.1. La sucesión «mortis causa» 39
1.1.1. La sucesión. La herencia. El derecho hereditario. Situaciones en que puede encontrarse la herencia. La herencia yacente 39
1.1.1.1. ¿Qué es la sucesión? 39
1.1.1.2. Clases de sucesión 39
1.1.1.3. ¿Qué es la herencia? 40
1.1.1.4. ¿Qué es el derecho hereditario? 41
1.1.2. Situaciones en que puede encontrarse la herencia; especial referencia a la herencia yacente 42
1.1.2.1. Situaciones en que puede encontrarse la herencia 42
1.1.2.2. Especial referencia a la herencia yacente 43
1.1.3. La sucesión en los derechos forales y el derecho internacional privado: el certificado sucesorio europeo 45
1.1.3.1. La sucesión en los derechos forales 45
1.1.3.1.1. El artículo 149.1.8. De la constitución 45
1.1.3.1.2. Criterios para la determinación de la ley civil aplicable. La vecindad civil 46
1.1.3.1.3. La vecindad civil 49
1.1.3.2. La sucesión en el Derecho Internacional Privado 51
1.1.3.2.1. El Reglamento de la UE 650/2012 51
1.1.3.2.2. Especial referencia al certificado sucesorio europeo 54
1.1.4. La delación de la herencia. La declaración de fallecimiento 57
1.1.5. ¿Quienes pueden ser sucesores? 58
1.1.5.1. Regla general e incapacidades absolutas 58
1.1.5.2. ¿Quiénes no pueden ser sucesores? 60
1.1.5.3. Los indignos 62
1.2. El Impuesto de Sucesiones 65
1.2.1. ¿Qué es? 65
1.2.1.1. Es un impuesto directo, subjetivo, personal e incompatible con el IRPF 65
1.2.1.2. ¿Por qué se exige? ¿Tiene razón de ser? 66
1.2.1.3. ¿Qué somete a gravamen?: Los incrementos patrimoniales obtenidos a título lucrativo por las personas físicas 67
1.2.1.3.1. Incremento patrimonial 67
1.2.1.3.2. A título lucrativo 68
1.2.1.3.3. Obtenidos por personas físicas 69
1.2.2. El impuesto de sucesiones como tributo cedido: coexistencia de normativas 70
1.2.2.1. Normativa de coordinación 70
1.2.2.1.1. La Ley 22/2009 70
1.2.2.1.2. Capacidad normativa de las CCAA 71
1.2.2.2. Normativa estatal 72
1.2.2.2.1. La Ley 29/1987 72
1.2.2.2.2. El Reglamento (RD 1629/1991) 73
1.2.2.3. Normativa Autonómica 74
1.2.3. Ámbito de aplicación interno 78
1.2.3.1. Normativa estatal de coordinación: Ley 22/2009, de cesión de tributos 78
1.2.3.1.1. Puntos de conexión 78
1.2.3.1.2. El concepto de residencia habitual a efectos de los puntos de conexión y cláusulas de salvaguardia 79
1.2.3.1.3. Reglas especiales de delimitación de la competencia 80
1.2.3.2. Puntos de conexión de la Ley 22/2009 y Reglamento del Impuesto 81
1.2.3.2.1. Colisión y prevalencia de los puntos de conexión de la Ley 22/2009 con el Reglamento del Impuesto 81
1.2.3.2.2. Determinación de la oficina liquidadora correspondiente dentro de la hacienda competente 82
1.2.3.3. Regímenes especiales del País Vasco y Navarra 83
1.2.3.3.1. País Vasco 83
1.2.3.3.2. Navarra 84
1.2.4. Ámbito de aplicación internacional 84
1.2.4.1. Preliminar: sujeción por obligación real y obligación personal 84
1.2.4.2. Régimen de los no residentes internacionales sujetos por obligación real 85
1.2.4.3. Delimitación negativa del concepto de no residente 86
1.2.4.4. Determinación de la hacienda competente y normativa aplicable a los no residentes 87
1.2.4.4.1. Criterios de determinación 87
1.2.4.4.2. Cuadros resúmenes 91
1.2.5. Devengo y prescripción en las sucesiones «mortis causa» 92
1.2.5.1. Devengo: regla general y reglas especiales. Especial referencia a los seguros 92
1.2.5.2. La prescripción 95
1.2.5.2.1. Plazos de prescripción 95
1.2.5.2.2. Cómputo del plazo 95
1.2.5.2.3. Interrupción de la prescripción 96
1.2.5.2.4. La prescripción en la consolidación del dominio en las adquisiciones mortis causa 97
II Los títulos sucesorios y sus repercusiones fiscales 99
2.1. Sucesión testada: el testamento 99
2.1.1. Concepto, naturaleza y caracteres 99
2.1.2. Contenido 102
2.1.3. Clases de testamento 103
2.1.4. Capacidad para testar 104
2.1.4.1. ¿Quién puede testar? 104
2.1.4.2. La apreciación de la capacidad del testador 106
2.1.5. Formalidades generales del testamento: intervención de testigos e identificación del testador. El testamento en lengua extranjera y el hecho en país extranjero 107
2.1.5.1. Identificación del testador 107
2.1.5.2. Intervención de testigos 109
2.1.5.3. El testamento en lengua extranjera 111
2.1.5.4. Testamento hecho en país extranjero 111
2.2. El testamento abierto notarial 113
2.2.1. Aspectos generales 113
2.2.2. Requisitos 113
2.3. El testamento cerrado 118
2.3.1. Aspectos generales 118
2.3.2. Requisitos y fases 119
2.3.2.1. Fases preparatoria y de otorgamiento 119
2.3.2.2. Fases de conservación y protocolización 120
2.4. El testamento ológrafo 123
2.4.1. Concepto, características y requisitos 123
2.4.2. Conservación, adveración y protocolización 127
2.5. Especialidades forales en materia testamentaria 130
2.5.1. Aragón 130
2.5.1.1. Testamento mancomunado 131
2.5.1.2. Fiducia sucesoria 132
2.5.2. Baleares 133
2.5.3. Galicia 134
2.5.4. Cataluña 135
2.5.4.1. Formalidades de los testamentos 136
2.5.4.2. Formas testamentarias 136
2.5.4.3. Codicilos 136
2.5.4.4. Las memorias testamentarias 137
2.5.4.5. Testamento por fiduciario 137
2.5.5. Navarra 138
2.5.5.1. Capacidad para testar y solemnidades 138
2.5.5.2. Testamento de hermandad 139
2.5.5.3. Los codicilos y memorias testamentarias 140
2.5.5.4. El testamento por fiduciario-comisario 140
2.5.6. País Vasco 141
2.6. Interpretación de las disposiciones testamentarias 142
2.6.1. La voluntad del testador ley suprema de la sucesión 142
2.6.2. Referencia a otras reglas interpretativas del Código Civil. Reglas interpretativas doctrinales y jurisprudenciales 143
2.7. Invalidez e ineficacia de los testamentos 146
2.7.1. Aspectos generales 146
2.7.2. La revocación 147
2.7.3. La caducidad 150
2.7.4. Especialidades forales en materia de interpretación e ineficacia de los testamentos 151
2.7.4.1. Aragón 151
2.7.4.2. Baleares 152
2.7.4.3. Cataluña 153
2.7.4.4. Galicia 155
2.7.4.5. Navarra 156
2.7.4.6. País Vasco 157
2.8. Sucesión intestada 157
2.8.1. Concepto, caracteres y fundamento 157
2.8.2. Supuestos en que procede 158
2.8.3. Referencia a los títulos declarativos de los herederos intestados 160
2.8.4. Sistema del código civil 161
2.8.4.1. Modos de suceder: ordenes y grados 161
2.8.4.2. Referencia al derecho de representación, al derecho de acrecer y al derecho de transmisión 162
2.8.4.3. Sucesión en línea recta descendiente 164
2.8.4.4. Sucesión en línea recta ascendente 165
2.8.4.5. Sucesión del cónyuge viudo 165
2.8.4.6. Sucesión en línea colateral 166
2.8.4.7. Sucesión del Estado 167
2.8.5. Previsión de falta de disposición testamentaria relativa a animales de compañía 168
2.9. Referencia a la sucesión intestada en los derechos forales 168
2.9.1. Aspectos generales 168
2.9.2. Aragón 169
2.9.3. Baleares 171
2.9.4. Cataluña 172
2.9.5. Galicia 175
2.9.6. Navarra 175
2.9.7. País Vasco 177
2.10. La sucesión contractual 178
2.10.1. Concepto y referencia histórica 178
2.10.2. Manifestaciones de la sucesión contractual en el Código Civil 179
2.10.3. La sucesión contractual en los derechos forales 180
2.10.3.1. Aspectos generales 180
2.10.3.2. Aragón 181
2.10.3.3. Baleares 182
2.10.3.4. Galicia 184
2.10.3.5. Navarra 185
2.10.3.6. País Vasco 186
2.10.3.7. Cataluña 186
2.10.3.7.1. Aspectos generales 186
2.10.3.7.2. Pactos sucesorios (art. 431) 187
2.10.3.7.3. Heredamientos 187
2.10.3.7.4. Pactos de atribución particular 189
2.11. Repercusiones fiscales de los títulos sucesorios 190
2.11.1. Aspectos generales 190
2.11.2. El testamento: su relevancia en el Impuesto 190
2.11.3. Los contratos sucesorios 191
2.11.3.1. Breve referencia al Derecho Civil. 191
2.11.3.2. El ostracismo de los pactos sucesorios en la normativa estatal inicial del ISD y sus secuelas en su tributación 192
2.11.3.3. La modificación del art. 24 de la LISD por la Ley 62/2003 y régimen tributario hasta el 10 de julio de 2021 193
2.11.3.4. Incidencia de la Ley 11/2021, de 9 de julio, de medidas de prevención y lucha contra el fraude fiscal desde el 11 de julio de 2021 194
2.11.4. Donaciones mortis causa 195
III La sucesión: objeto y sujetos de la misma 197
3.1. Patrimonio que se incluye en la sucesión. Sucesiones especiales por razón del objeto. Referencia a los seguros por causa de muerte 197
3.1.1. ¿Qué se incluye en la sucesión? 197
3.1.2. Sucesiones especiales 197
3.1.3. Referencia a los seguros por causa de muerte 198
3.1.3.1. El seguro de vida: concepto e independencia de la sucesión «mortis causa» 198
3.1.3.2. Especial referencia los seguros de prima única y los «unit linked» 200
3.2. Heredero y legatario, diferencias. El legatario de parte alícuota 200
3.2.1. Heredero y legatario. Diferencias 200
3.2.2. El legatario de parte alicuota 202
3.3. La institución de heredero 203
3.3.1. Requisitos 203
3.3.2. Forma de designación del heredero 204
3.3.3. Institución a favor del alma, de los parientes del testador y de los pobres en general 206
3.3.3.1. Institución a favor del alma 206
3.3.3.2. Institución a favor de los pobres 206
3.3.3.3. Institución a favor de los parientes del testador 207
3.4. Disposiciones testamentarias a título de heredero o legatario sujetas a condición, término y modo 207
3.4.1. La condición 207
3.4.1.1. Aspectos generales 207
3.4.1.2. Las condiciones impropias 208
3.4.1.3. Las condiciones propias 209
3.4.1.4. Condición suspensiva 210
3.4.1.5. Condición resolutoria 212
3.4.2. Término o plazo 212
3.4.3. Modo 213
3.5. Los legados 215
3.5.1. Aspectos generales 215
3.5.2. Los legados típicos 215
3.5.3. Aceptación y repudiación de legados. Su entrega 219
3.5.4. El legado de cosa ganancial 222
3.5.5. El prelegado 224
3.5.6. Prelación entre legatarios 224
3.5.7. Responsabilidad del legatario 226
3.5.8. Extinción de los legados 226
3.6. El hecho imponible en el impuesto de sucesiones 227
3.6.1. Aspectos generales 227
3.6.2. Presunción de hecho imponible derivada de registros fiscales o de datos que tenga la administración 229
3.6.3. Los seguros que tributan como sucesión 229
3.6.3.1. Delimitación de los seguros que se acumulan a la sucesión 229
3.6.3.2. Referencia a los seguros contratados con cargo a la sociedad de gananciales 230
3.6.3.3. Referencia a los seguros de vida para la amortización de préstamos hipotecarios 232
3.7. El sujeto pasivo y los responsables 232
3.7.1. El sujeto pasivo 232
3.7.2. Títulos de la atribución patrimonial mortis causa: heredero, legatario y el beneficiario del modo 233
3.7.2.1. Heredero y legatario 233
3.7.2.2. El beneficiario del modo o carga patrimonial 237
3.7.3. Los responsables 238
3.8. La base imponible en el impuesto de sucesiones 239
3.8.1. Principios que rigen la determinación de la base imponible 239
3.8.2. Determinación de la base imponible: masa hereditaria neta global y porción individual neta de cada sujeto pasivo 240
3.8.3. Determinación de la masa hereditaria gravable 242
3.8.3.1. Aspectos generales e incidencia del régimen económico matrimonial del causante 242
3.8.3.2. Valoración de los bienes y derechos del causante 244
3.8.3.2.1. Sustitución del valor real por el valor de mercado y el valor de referencia en el ISD 244
3.8.3.3. El ajuar familiar 249
3.8.3.3.1. Normativa aplicable 249
3.8.3.3.2. ¿Qué es el ajuar doméstico y sobre qué bienes se calcula? 249
3.8.3.3.3 Integración de la doctrina jurisprudencial con la normativa del impuesto 250
3.8.3.3.4. Individualización entre los sucesores 252
3.8.3.4. Operaciones de incorporación de bienes y derechos: presunciones de adición 252
3.8.3.4.1. Fundamento y configuración técnica. Reglas de coordinación con el ITP y AJD 252
3.8.3.4.2. Adición de bienes pertenecientes al causante en el año anterior al fallecimiento: presupuestos, pruebas en contrario, reglas de individualización 253
3.8.3.4.3. Adición de bienes derivada de adquisiciones onerosas en usufructo por el causante 254
3.8.3.4.4. Adición de bienes derivada de transmisiones onerosas del causante de la nuda propiedad, reservándose el usufructo vitalicio 254
3.8.3.4.5. Adición derivada del endoso de valores o efectos 255
3.8.3.4.6. Otras presunciones de aplicación para la determinación de la base imponible 256
3.8.4. Pasivo deducible: cargas, deudas y gastos deducibles 256
3.8.4.1. Cargas deducibles 256
3.8.4.2. Deudas deducibles 257
3.8.4.2.1. Concepto y requisitos 257
3.8.4.2.2. Reglas de individualización de las deudas deducibles 258
3.8.4.3. Gastos deducibles 259
3.8.4.3.1. Concepto y requisitos 259
3.8.4.3.2. Reglas de individualización 260
3.9. Base liquidable en las sucesiones 260
3.9.1. Las reducciones: clasificación 260
3.9.2. Criterios de aplicación de las reducciones objetivas 262
3.9.2.1. ¿Quién tiene derecho a aplicarla? 262
3.9.2.2. ¿Cómo se aplica cuando hay bienes gananciales? 262
3.9.2.3. Aplicación de las reducciones en los supuestos de desmembración de dominio en usufructo y nuda propiedad 263
3.9.2.4. Magnitud sobre la que se aplica la reducción 264
3.9.3. Reducciones en la normativa estatal 264
3.9.3.1. Reducción de parentesco 264
3.9.3.2. Reducción por discapacidad 266
3.9.3.3. Reducción por cantidades percibidas por seguros de vida para el caso de fallecimiento 267
3.9.3.4. Reducción por anteriores transmisiones mortis causa 267
3.9.3.5. Reducción por adquisición de la vivienda habitual del causante 268
3.9.3.5.1. Concepto de vivienda habitual del causante 268
3.9.3.5.2. Requisitos para la aplicación de la reducción 269
3.9.3.6. Reducción por adquisición de empresa individual o negocio profesional 271
3.9.3.6 1. Concepto de empresa individual y negocio profesional 272
3.9.3.6.2. Requisitos en el causante: ejercicio de la actividad y principal fuente de renta 272
3.9.3.6 3. Requisitos en el adquirente mortis causa 273
3.9.3.6.4. Importe de la reducción y reglas de aplicación de la misma 275
3.9.3.7. Reducción por adquisición de participaciones en entidades 276
3.9.3.7.1. Concepto de entidad 276
3.9.3.7.2. Participación en la entidad por el causante. Cómputo individual o conjunto 277
3.9.3.7.3. Ejercicio de funciones de dirección por el causante o su grupo familiar y que por dicho ejercicio se perciban retribuciones superiores al 50% de los rendimientos del trabajo y de actividades económicas 278
3.9.3.7.4. Requisitos en los sucesores 281
3.9.3.7.5. Importe de la reducción y reglas aplicables 282
3.9.3.8. Reducción por adquisición de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español o Patrimonio Histórico o Cultural de las Comunidades Autónomas 284
3.9.3.9. Reducciones por adquisición de explotaciones agrarias prioritarias de la Ley 19/1995 284
3.9.4. Reducciones en la normativa autonómica 286
3.9.4.1. Andalucía 286
3.9.4.1.1. Equiparación de las uniones de hecho con cónyuge y de acogimiento familiar con adopción a los efectos de la aplicación de todas las reducciones 286
3.9.4.1.2. Reducción de mejora de la estatal por minusvalía. 286
3.9.4.1.3. Mejora de la reducción de adquisición de vivienda habitual 287
3.9.4.1.4. Reducción de parentesco de mejora de parentesco de la normativa estatal en las adquisiciones mortis causa 287
3.9.4.1.5. Reducciones de mejora de la normativa estatal en las adquisiciones mortis causa de empresa individual ynegocio profesional. 288
3.9.4.1.6. Reducción de mejora de la normativa estatal por adquisiciones mortis causa de empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades 290
3.9.4.2. Aragón 291
3.9.4.2.1. Reducción propia aplicable a adquisiciones mortis causa por hijos del causante menores de edad 291
3.9.4.2.2. Reducción propia aplicable a adquisiciones mortis causa por cónyuge, ascendientes o descendientes 292
3.9.4.2.3. Reducción propia de empresa individual y negocio profesional en adquisiciones mortis causa 293
3.9.4.2.4. Reducción propia de participaciones en entidades en adquisiciones mortis causa 293
3.9.4.2.5. Mejora de la reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual del causante 294
3.9.4.2.6. Reducción propia aplicable a minusválidos en adquisiciones mortis causa 295
3.9.4.2.7. Reducción propia en la adquisición mortis causa de cualquier derecho sobre una empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades por causahabientes distintos del cónyuge o descendientes 295
3.9.4.2.8. Reducción propia en adquisiciones mortis causa que se destinen en el plazo de 18 meses a la creación de una empresa, sea individual, negocio profesional o entidad societaria 295
3.9.4.2.9. Reducción en la adquisición mortis causa por hermanos de la persona fallecida. 296
3.9.4.2.11. Aspectos regulados en materia de gestión para la aplicación de las reducciones 297
3.9.4.3. Asturias 298
3.9.4.3.1. Equiparación de las uniones de hecho con cónyuge y de acogimiento familiar con adopción a los efectos de la aplicación de todas las reducciones 298
3.9.4.3.2. Mejora de la reducción de parentesco de los grupos I y II 298
3.9.4.3.3. Reducción propia o específica aplicable a empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades, situados en el Principado de Asturias 298
3.9.4.3.4. Mejora de la reducción estatal de adquisición mortis causa de la vivienda habitual del causante 299
3.9.4.3.5. Reducción propia o específica aplicable por la adquisición mortis causa de explotaciones agrarias y de elementos afectos a las mismas 299
3.9.4.3.6. Reducción propia o específica aplicable a empresa individual, negocio profesional o participaciones en entidades, situados en el Principado de Asturias por herederos sin grado de parentesco con el causante 301
3.9.4.3.7. Reducción propia o específica aplicable por la adquisición mortis causa de bienes destinados a la constitución, ampliación o adquisición de una empresa o de un negocio profesional 302
3.9.4.4. Baleares 303
3.9.4.4.1. Equiparación de las parejas estables a cónyuges 303
3.9.4.4.2. Mejora de la reducción por parentesco en adquisiciones mortis causa 304
3.9.4.4.3. Mejora de la reducción por adquisición mortis causa por minusvalía 304
3.9.4.4.4. Mejora de la reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual del causante 304
3.9.4.4.5. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa por seguros de vida 305
3.9.4.4.6. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 306
3.9.4.4.7. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa de bienes integrantes del patrimonio histórico o cultural 306
3.9.4.4.8. Mejora de la reducción estatal en adquisiciones mortis causa por transmisión consecutiva de bienes 307
3.9.4.4.9. Reducción específica o propia por adquisición mortis causa de adquisiciones de suelo rústico protegido, de interés agrario o espacio de relevancia ambiental 307
3.9.4.4.10. Reducción específica o propia por adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo activo esté constituido por terrenos donde como mínimo un 33% de la extensión esté situado en suelo rústico protegido, de interés agrario o espacio de relevancia ambiental. 308
3.9.4.4.11. Reducción propia en las adquisiciones de dinero por causa de muerte por creación de nuevas empresas y empleo 309
3.9.4.4.12. Reducción propia en la las adquisiciones «mortis causa» de bienes culturales para la creación de empresas culturales, científicas o de desarrollo tecnológico 310
3.9.4.4.13. Reducción propia en las adquisiciones «mortis causa» de bienes para la creación de empresas deportivas 311
3.9.4.5. Canarias 313
3.9.4.5.1. Reducción de mejora por parentesco 313
3.9.4.5.2. Reducción de mejora por discapacidad 313
3.9.4.5.3. Reducción propia por edad 314
3.9.4.5.4. Reducción de mejora por seguros de vida 314
3.9.4.5.5. Reducción de mejora por la adquisición de una empresa individual o de un negocio profesional 314
3.9.4.5.6. Reducción de mejora por la adquisición de participaciones en entidades 316
3.9.4.5.7. Reducción de mejora por la adquisición de la vivienda habitual del causante 319
3.9.4.5.8. Reducción de mejora por adquisición de bienes integrantes del Patrimonio Histórico o Cultural 319
3.9.4.5.9. Reducción propia por adquisición de bienes integrantes del Patrimonio Natural 320
3.9.4.5.10. Reducción de mejora por sobre imposición decenal 320
3.9.4.5.11. Reglas de aplicación a las reducciones 321
3.9.4.6. Cantabria 322
3.9.4.6.1. Equiparación a cónyuges de las parejas de hecho inscritas conforme a la Ley 1/2005 de Cantabria 322
3.9.4.6.2. Reducción de mejora por parentesco en adquisiciones mortis causa 323
3.9.4.6.3. Reducción de mejora por minusvalía en adquisiciones mortis causa 323
3.9.4.6.4. Reducción por seguros sujetos por el concepto de transmisión mortis causa 323
3.9.4.6.5. Reducción de mejora por adquisición mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 324
3.9.4.6.6. Reducción de mejora por adquisición mortis causa de vivienda habitual 324
3.9.4.6.7. Reducción de mejora por adquisición mortis causa de Patrimonio Histórico 325
3.9.4.6.8. Reducción por anteriores transmisiones mortis causa 325
3.9.4.6.9. Reducción por reversión de bienes aportados a patrimonios protegidos 325
3.9.4.7. Castilla-La Mancha 326
3.9.4.7.1. Reducción propia en las adquisiciones «mortis causa» de empresa individual, negocio profesional o participación en entidades 326
3.9.4.7.2. Reducción de mejora en adquisiciones «mortis causa» por discapacidad 327
3.9.4.8. Castilla y León 327
3.9.4.8.1. Equiparación de los miembros de las uniones de hecho con cónyuges 327
3.9.4.8.2. Mejora de la reducción por parentesco 327
3.9.4.8.3. Mejora de la reducción por minusvalía en las adquisiciones mortis causa 328
3.9.4.8.4. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de empresa individual o negocio profesional situado en Castilla y León 328
3.9.4.8.5. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en Castilla y León 329
3.9.4.8.6. Reducción propia por adquisición mortis causa de explotaciones agrarias 330
3.9.4.8.7. Reducción propia por indemnizaciones satisfechas por el síndrome tóxico y terrorismo 331
3.9.4.8.8. Reducción propia por adquisición mortis causa de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Artístico 331
3.9.4.8.9. Reducción propia del 99% por adquisición mortis causa cuando el causante sea víctima del terrorismo o víctima de violencia de género. 331
3.9.4.9. Cataluña 332
3.9.4.9.1. Reducción análoga por parentesco 332
3.9.4.9.2. Reducción análoga por discapacidad 332
3.9.4.9.3. Reducción propia para personas de la tercera edad 332
3.9.4.9.4. Reducción análoga por seguros de vida 333
3.9.4.9.5. Reducción análoga por la adquisición de bienes y derechos afectos a una actividad económica 333
3.9.4.9.6. Reducción análoga por la adquisición de participaciones en entidades 335
3.9.4.9.7. Reducción análoga por la adquisición de la vivienda habitual del causante 337
3.9.4.9.8. Reducción análoga por la adquisición de determinadas fincas rústicas de dedicación forestal 338
3.9.4.9.9. Reducción propia por la adquisición de bienes del causante utilizados en la explotación agraria del causahabiente 339
3.9.4.9.10. Reducción análoga por adquisición de bienes del patrimonio cultural 340
3.9.4.9.11. Reducción propia por la adquisición de bienes del patrimonio natural 341
3.9.4.9.12. Reducción análoga por sobreimposición decenal 341
3.9.4.9.13. Reglas de aplicación de las reducciones por adquisiciones mortis causa 342
3.9.4.10. Extremadura 343
3.9.4.10.1. Mejora de las reducciones por minusvalía y parentesco en adquisiciones mortis causas 343
3.9.4.10.2. Mejora de la reducción estatal por la adquisición «mortis causa» de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades por personas sin relación de parentesco con el causante 344
3.9.4.10.3. Reglas aplicables a las reducciones 345
3.9.4.11. Galicia 347
3.9.4.11.1. Equiparación de las uniones de hecho a cónyuges 347
3.9.4.11.2. Mejora de la reducción subjetiva por parentesco 347
3.9.4.11.3. Mejora de la reducción subjetiva por minusvalía o discapacidad 347
3.9.4.11.4. Reducción propia subjetiva por la adquisición mortis causa de las indemnizaciones del síndrome tóxico y por actos de terrorismo 348
3.9.4.11.5. Reducción propia objetiva por la adquisición mortis causa de bienes y derechos afectos a una actividad económica y de participaciones en entidades 348
3.9.4.11.6. Reducción propia objetiva por la adquisición mortis causa de explotaciones agrarias y de elementos afectos 350
3.9.4.11.7. Mejora de la reducción objetiva por adquisición mortis causa de vivienda habitual del causante 352
3.9.4.11.8. Reducción propia objetiva por la adquisición mortis causa de fincas rústicas incluidas en la Red gallega de espacios protegidos 353
3.9.4.11.9. Reducción propia objetiva por adquisición mortis causa de parcelas forestales que formen parte de la superficie de gestión y comercialización conjunta de producciones que realicen agrupaciones de propietarios forestales dotadas de personalidad jurídica 355
3.9.4.11.10. Reducción propia por la adquisición «mortis causa» de bienes destinados a la creación o constitución de una empresa o negocio profesional 355
3.9.4.11.11. Reglas de aplicación de las reducciones 357
3.9.4.12. Madrid 359
3.9.4.12.1. Equiparación a cónyuges de miembros de unión de hecho 359
3.9.4.12.2. Reducción de parentesco en adquisiciones mortis causa 359
3.9.4.12.3. Reducción por minusvalía en adquisiciones mortis causa 359
3.9.4.12.4. Reducción por seguros sujetos por el concepto de transmisión mortis causa 359
3.9.4.12.5. Reducción por adquisición mortis causa de empresa individual, negocio profesional y participaciones en entidades 360
3.9.4.12.6. Reducción por adquisición mortis causa de vivienda habitual 360
3.9.4.12.7. Reducción por adquisición mortis causa de Patrimonio Histórico 360
3.9.4.12.8. Reducción propia por cantidades percibidas por indemnizaciones por las Administraciones Públicas a los afectados del síndrome tóxico o por las prestaciones públicas extraordinarias en transmisiones mortis causa 361
3.9.4.13. Murcia 361
3.9.4.13.1. Equiparación a cónyuges de las parejas de hecho 361
3.9.4.13.2. Reducción específica o propia de transmisión mortis causa de empresa individual o negocio profesional 361
3.9.4.13.3. Reducción específica o propia por adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en Murcia 362
3.9.4.13.4. Reducción propia por adquisición de bienes muebles de interés cultural o catalogados para su cesión temporal a la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia 363
3.9.4.14. La Rioja 364
3.9.4.14.1. Equiparación a cónyuges (grupo II) de miembros de pareja de hecho 364
3.9.4.14.2. Reducción propia por adquisición mortis causa de empresa individual o negocio profesional situados en La Rioja 365
3.9.4.14.3. Reducción propia por adquisición mortis causa de participaciones en entidades cuyo domicilio fiscal y social se encuentre en La Rioja y que no coticen en mercados organizados 366
3.9.4.14.4. Reducción propia por adquisición mortis causa de explotación agraria 367
3.9.4.14.5. Mejora de la reducción de adquisición mortis causa de la vivienda habitual del causante 368
3.9.4.15. Comunidad Valenciana 369
3.9.4.15.1. Mejora de las reducciones por minusvalía, parentesco y vivienda habitual del causante en adquisiciones mortis causa 369
3.9.4.15.2. Reducción propia o específica de empresa individual agrícola 370
3.9.4.15.3. Reducción propia o específica de empresa individual y negocio profesional en adquisiciones mortis causa 371
3.9.4.15.4. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de participaciones en entidades 372
3.9.4.15.5. Reducción específica o propia de adquisición mortis causa de bienes del patrimonio histórico-artístico 374
3.9.4.15.6. Reducciones propias establecida en la Ley 5/2019 para explotaciones agrarias ubicadas en la Comunidad Valenciana 375
3.9.4.15.7. Equiparación a efectos de las reducciones de los miembros de parejas de hecho estables formalizadas a cónyuges 377
IV Sustituciones hereditarias 379
4.1. Sustituciones hereditarias: concepto 379
4.2. La sustitución vulgar 380
4.2.1. Concepto y naturaleza jurídica 380
4.2.2. Formas y modalidades 381
4.2.3. Efectos 383
4.3. Sustitución pupilar
El libro que el lector tiene entre sus manos es una herramienta de consulta para el operador jurídico (asesor, abogado, etc). Clara, rigurosa, actualizada y completa. El objetivo de esta obra es ofrecer las respuestas y el apoyo que el jurista necesita en su práctica diaria. La realidad no puede compartimentarse en ramas independientes y por ello tiene una herramienta que aborda multidisciplinarmente las sucesiones y las donaciones, desde los planos civil y fiscal. Y, además, de manera unitaria e interconectada. Estamos pues ante un enfoque singular que no responde a los parámetros tradicionales, sino a la realidad del ejercicio profesional. Para ello el libro ha sido diseñado de forma sistemática, clara y fácilmente accesible y con un completo índice analítico que facilita la consulta. El autor principal de la presente obra, añade a su condición de notario, el desempeño continuado de la consultoría fiscal, el ejercicio de profesor universitario y de postgrado en universidades privadas tanto en civil como en fiscal y una dilatada trayectoria en publicaciones sobre estas materias. Además se incorpora en esta edición, como coautora una notaria de las últimas promociones que contribuye a vivificar la obra. Todo ello convierte a este libro en una obra única.