Si las fundaciones operan en el mercado sus gestores, deben ser conscientes de sus obligaciones, son responsables solidarios de los actos que realicen en representación de la fundación.
¿la voluntad del fundador puede alterarse por los patronos?
¿puede haber Comisiones ejecutivas, gerentes u órganos similares como en las sociedades mercantiles?
¿los patronos tienen responsabilidades?¿Necesitan autorización del protectorado? ¿pueden actuar de forma unipersonal?