Carisma y Derecho ¿TENSIÓN IRRESOLUBLE?
Diego Vigil de Quiñones Otero
Planteamiento
EL CARISMA EN LA CREACIÓN Y LA REALIZACIÓN DEL DERECHO
El C. en la realización del Derecho: Gomé vs Weber
Ahora bien, ¿qué entendemos por C.?
Los problemas de un Derecho con y sin el C.
ALGUNAS APLICACIONES PRÁCTICAS
El C. en la persona jurídica
¿Tienen C. las cosas?
La propiedad intelectual:¿un derecho carismático?
Carisma de los derechos reales inmobiliarios
Efectos del C. en el D. laboral
Un ejemplo clarificador: la tensión irresuelta entre D. y C. en el diseño institucional en la Universidad.
III. CONCLUSIONES
Aunque no todo lo carismático es positivable, un Derecho sin carisma está incompleto
EL CARISMA COMO UNIVERSAL CONCRETO
Javier Goma Lanzón
NOTAS DEL COLOQUIO
Diego Vigil de Quiñones Otero
Motivación de estas notas
El carisma igualitario como corrección presente
La vulgaridad y su reforma
El carisma de los bienes, causado por las personas
La auctoritas y el carisma
La hipocresía de lo correcto y el valor de los códigos de conducta.
El Derecho premial como reconocimiento jurídico del C.
AGRADECIMIENTOS