La Ley Orgánica 1/2025, de 2 de enero, de medidas en materia de eficiencia del Servicio Público de Justicia, ha situado a los medios adecuados o alternativos de solución de controversias en una posición central dentro del sistema procesal civil y mercantil. El verdadero alcance de la Ley no reside únicamente en configurarlos como requisito de procedibilidad, sino que obliga a repensar la relación entre autonomía privada, jurisdicción y seguridad jurídica a fin de fortalecer la arquitectura misma de la convivencia. La Ley busca reforzar el protagonismo de los medios adecuados de solución de controversias, lo que presupone una actividad negociadora real, es decir, no pretende quedarse en un intento formal de contacto, sino que debe existir una experiencia efectiva de encuentro.
El libro aborda acertadamente esta tarea, con método, equilibrio y sentido institucional, y constituye una aportación de singular relevancia.
En esta obra, su autora, no se limita a la descripción normativa, sino que nos ofrece un análisis crítico, sistemático y constructivo. Profundiza en el diseño de la Ley, sus presupuestos ideológicos, su técnica legislativa, sus implicaciones prácticas y sus límites constitucionales...