La incorporación de los Medios Adecuados de Resolución de Controversias (MASC) al proceso civil español, culminada con la Ley Orgánica 1/2025, ha alterado de manera decisiva el acceso a la jurisdicción. La negociación previa deja de ser una opción estratégica para convertirse en requisito de procedibilidad. El litigio ya no comienza con la demanda, sino con la gestión delconflicto fuera del juzgado.