Este libro expone el marco jurídico de la Mezquita Catedral de Córdoba, monumento Patrimonio de la Humanidad con Valor Universal Excepcional. En los últimos años se han suscitado y alentado dudas sobre la propiedad eclesial de este monumento que también han servido para cuestionar la legalidad de su actual sistema de gestión y de sus usos por parte del Cabildo de la Catedral de Córdoba. Para afrontar cualquier debate serio y riguroso sobre estos temas jurídicos es necesario plantearlo y resolverlo desde su marco jurídico. La UNESCO en su documento Gestión del Patrimonio Mundial Cultural: Manual de referencia, publicado en 2014, ha señalado que la gestión de los monumentos considerados Patrimonio Mundial Cultural debe combinar tres elementos: «un marco jurídico que da razón de su existencia, una institución que da forma a sus necesidades de organización y de adopción de decisiones y recursos (humanos, financieros e intelectuales) que sirven para ponerlo en funcionamiento». Es decir, cualquier cuestión sobre la propiedad, inmatriculación, gestión o usos de este singular y excepcional monumento, debe afrontarse desde su marco jurídico. Este marco legal es el que determina que el Cabildo Catedral que, desde 1239 se ha ocupado de su gestión y conservación, sea la institución legítima para ocuparse de la gestión de los recursos. Este monumento, como Catedral Católica se rige por el Derecho Canónico, los Acuerdos Jurídicos entre el Estado Español y la Santa Sede, y el Derecho Internacional; y, siendo uno de los Monumentos más representativos de España, hay que atenerse a lo establecido en la Constitución Española, legislación sobre propiedad y las Leyes de Patrimonio Histórico Español y de Andalucía. Como Bien Patrimonio de la Humanidad, hay que tener en cuenta las directrices de la UNESCO.