Introducción
Ordinal 1.º del art. 20 LCS. Legitimación. ¿Quién tiene que haber reclamado la cobertura del siniestro para exigir el pago de los intereses moratorios? ¿Contra quién debe haberse dirigido esa reclamación?
Ordinal 2.º del art. 20 LCS. Obligaciones cuyo incumplimiento conlleva la mora de la aseguradora. ¿Qué tipo de pretensión debe haber ejercitado el reclamante para que sean exigibles los intereses moratorios?
Ordinal 3.º del art. 20 LCS. Aspectos temporales a considerar. ¿Cuáles son los plazos que deben haber transcurrido para que comiencen a devengarse los intereses moratorios del art. 20 LCS?
Ordinal 4.º. Imposición de oficio de los intereses moratorios y tramos. ¿Qué límites encuentra la potestad del juzgador para imponer de oficio los intereses moratorios? ¿Cuál es la interpretación correcta de los tramos?
I. Imposición de oficio de los intereses moratorios y limitaciones procesales
II. Imposición de oficio de los intereses moratorios y limitaciones en materia de grandes riesgos
III. Correcta aplicación de los dos tramos de intereses moratorios
Ordinal 5.º a 7.º del art. 20 LCS. Elementos temporales y cuantitativos para calcular los intereses moratorios. ¿Cómo deben calcularse los intereses del art. 20 LCS? Especial referencia al importe principal y al dies a quo
I. Ordinal 5.º del art. 20 LCS. Importe principal sobre el que se devengan los intereses
II. Ordinal 6.º del art. 20 LCS. Dies a quo para el devengo de los intereses moratorios. Especial referencia a la carga de la prueba, a la probatio diabolica y a los principios de facilidad y disponibilidad probatoria
III. Ordinal 7.º del art. 20 LCS. Dies ad quem del devengo de los intereses moratorios
Ordinal 8.º del art. 20 LCS. La negativa justificada al cumplimiento y sus consecuencias en el devengo de los intereses moratorios. ¿Cuándo puede entenderse que la negativa al cumplimiento de la prestación por parte de la aseguradora se encuentra justificada y cuándo, en cambio, no lo está?
I. Con carácter general, la mera discusión de la cobertura y su eventual judicialización no es causa justificada
II. En cambio, existirá causa justificada cuando la oposición al cumplimiento se funde en una incertidumbre razonable y sea imprescindible acudir al proceso
III. Casuística judicial. Análisis de supuestos concretos y apreciación, caso por caso, de la incertidumbre que pudiera constituir causa justificada
1. Discusión sobre la responsabilidad del asegurado en los seguros de responsabilidad civil
2. Discusión sobre los términos de la póliza y sobre la interpretación de las cláusulas contractuales
3. Discusión sobre la liquidez de la cantidad reclamada a la aseguradora
4. Discusión sobre el quantum indemnizable y efectos de una eventual consignación
5. Existencia de un procedimiento penal previo o simultaneo a la reclamación civil de cobertura
6. Ofrecimiento de pago sin consignación y consignación sin ofrecimiento de pago. Especial referencia al pago condicionado
7. Ausencia de jurisprudencia o resoluciones contradictorias sobre la aplicación de una norma
8. Incumplimiento de las obligaciones de declaración del riesgo (artículo 10 LCS) y (artículos 11 y 12 LCS)
Ordinal 9.º del art. 20 LCS. Consorcio de Compensación de Seguros. ¿Qué particularidades reviste el devengo de los intereses moratorios en los supuestos en los que la cobertura sea reclamable al Consorcio de Compensación de Seguros?
Ordinal 10.º del art. 20 LCS. Prevalencia de la norma especial. ¿Cómo operan los intereses del art. 20 LCS en relación con los intereses del art. 1108 del Código Civil?
Arts. 20 y 38 LCS. Aplicación práctica de ambos preceptos
Síntesis y conclusión de las consideraciones sobre el art. 20 LCS
I. Ordinal 1.º del art. 20 LCS. Legitimación. ¿Quién tiene que haber reclamado la cobertura del siniestro para exigir el pago de los intereses moratorios? ¿Contra quién debe de haberse dirigido esa reclamación?
II. Ordinal 2.º del art. 20 LCS. Obligaciones cuyo incumplimiento conlleva la mora de la aseguradora. ¿Qué tipo de pretensión debe haber ejercitado el reclamante para que sean exigibles los intereses moratorios?
III. Ordinal 3.º del art. 20 LCS. Aspectos temporales a considerar. ¿Cuáles son los plazos que deben de haber transcurrido para que comiencen a devengarse los intereses moratorios del art. 20 LCS?
IV. Ordinal 4.º. Imposición de oficio de los intereses moratorios y tramos. ¿Qué límites encuentra la potestad del juzgador para imponer de oficio los intereses moratorios? ¿Cuál es la interpretación correcta de los tramos?
V. Ordinal 5.º a 7.º del art. 20 LCS. Elementos temporales y cuantitativos para calcular los intereses moratorios. ¿Cómo deben calcularse los intereses del art. 20 LCS? Especial referencia al importe principal y al dies a quo
VI. Ordinal 8.º del art. 20 LCS. La negativa justificada al cumplimiento y sus consecuencias en el devengo de los intereses moratorios. ¿Cuándo puede entenderse que la negativa al cumplimiento de la prestación por parte de la aseguradora se encuentra justificada y cuándo, en cambio, no lo está?
VII. Ordinal 9.º del art. 20 LCS. Consorcio de Compensación de Seguros. ¿Qué particularidades reviste el devengo de los intereses moratorios en los supuestos en los que la cobertura sea reclamable al Consorcio de Compensación de Seguros?
VIII. Ordinal 10.º del art. 20 LCS. Prevalencia de la norma especial. ¿Cómo operan los intereses del art. 20 LCS en relación con los intereses del art. 1108 del Código Civil?
Bibliografía
El art. 20 LCS es uno de los artículos más complejos y casuísticos de la LCS, cuya correcta aplicación sigue siendo objeto de discusión tanto por nuestros Tribunales como por la doctrina más autorizada. Ello es debido a que la correcta aplicación del art. 20 LCS exige conocer los matices y excepciones que contiene dicho precepto (no son pocos), a los que se añaden la indeterminación y la ambigüedad de ciertos conceptos utilizados por la norma y la constante evolución del mercado asegu¬rador desde la promulgación de la LCS.
A ello se suma también el impacto económico que conlleva la potencial condena a abonar los intereses del art. 20 LCS, dado su carácter sancionador. Es por ello que el planteamiento del litigio y el diseño de la estrategia procesal ha de poner el foco, además, en las singularidades del art. 20 LCS y sentar las bases que, partiendo de una invocación solvente de la jurisprudencia, maximicen en último término la estimación de la correspondiente pretensión.
El objetivo de esta obra es abordar la anterior problemática a través del estudio de cuestiones prácticas y controvertidas en la aplicación de los intereses moratorios regulados en el art. 20 LCS, así como la recopilación de experiencias y pronunciamientos judiciales que faciliten una correcta interpretación y aplicación de dicho precepto.