En la actualidad hay casi trescientos mil británicos residiendo en España; muchos son titulares de bienes inmuebles en nuestro país, pero también mantienen un patrimonio en el Reino Unido. El sistema sucesorio español presenta grandes diferencias con el anglosajón y ello da lugar a que a la hora de acometer la sucesión de un nacional británico por las autoridades españolas se presenten complejas situaciones: así, la determinación de la Ley aplicable ?incluyendo la posibilidad de que el causante pueda elegir tal Ley?, la eventual admisión de testamentos parciales o simpliciter, el papel a desarrollar por el probate y por el executor o administrator del Derecho inglés, o la difícil localización de testamentos a través de Registros. Estas cuestiones han sido abordadas recientemente por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública a la vista de la regulación contenida en el Reglamento 650/2012. Y todo ello es abordado en el presente trabajo, donde se destaca la importancia de una adecuada planificación sucesoria, máxime tras la salida del Reino Unido de la Unión Europea.