AA.VV
La Ley 13/2023, de 24 de mayo, introdujo la posibilidad de implantar un sistema único para la corrección de autoliquidaciones, a través de las denominadas autoliquidaciones rectificativas, llamadas a sustituir el previo sistema dual de complementaria y solicitud de rectificación en los tributos en los que así se determine. En el concreto ámbito del IRPF, esta nueva figura se ha regulado en el artículo 67 bis del RIRPF y se ha implementado en la práctica en el marco de la Campaña de Renta 2024.
La Orden HAC/242/2025, de 13 de marzo, que aprobó los modelos de declaración del ejercicio 2024 con todas las adaptaciones precisas, ha servido como pistoletazo de salida en este sentido. Tras ella, las rectificativas pasan a configurarse como el procedimiento general para modificar las autoliquidaciones de IRPF correspondientes al período impositivo 2024. Sin embargo, esto no supone la desaparición del antiguo sistema dual de complementaria y solicitud de rectificación, que seguirá aplicándose para modificar declaraciones de ejercicios previos.